Enviada el 2/06/2024
Esta
dicotomía debería resolverse mediante la atenta lectura del Preámbulo de la Constitución
Nacional en la “los representantes del pueblo de la Nación Argentina,
reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las
provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes” e “invocando
la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y
establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina”.
Los motivos fundacionales que mencionan
los constituyentes son: “con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar
la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover
el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad”.
Asimismo, menciona con claridad los
destinatarios del Estado que se propone constituir: “para nosotros, para
nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en
el suelo argentino”.
Algunos tropiezos en la gestión
administrativa y legislativa parecieran aconsejar que el gobierno debería
prestarle más atención y darle más peso al pragmatismo en la toma de decisiones
manteniendo las políticas estratégicas y de largo plazo al ideario
liberal-libertario siempre que se respete a raja cincha los mandatos
fundacionales de nuestra Constitución Nacional.
Atentamente,
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